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LESIONES, CONSEJOS Y SALUD DEPORTIVA EN GENERAL => Foro de Discusión General => Mensaje iniciado por: RubenDN en 17 Noviembre, 2011, 20:42:04 pm
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Bueno, abro este tema ya que ha sido debatido recientemente y quiero con esto dar un poco de luz.
En el programa "A tu ritmo" (enhorabuena Backs), un osteópata definía su profesión como "aquel que realiza osteopatía". Hasta aquí, de acuerdo. También estamos de acuerdo en que "cualquiera" puede hacer osteopatía, pero donde vienen las dudas es en "quien" puede ejercerla. En el programa se amparaban en un epígrafe (el 841) donde se inscriben los profesionales y tiene que ver con el Impuesto de Actividades Económicas. ¿Te puedes inscribir en ese epígrafe siendo osteópata no sanitario?, SI, y ahí está el problema. Pero que una Ley "no te prohiba" realizar una actividad, no significa que puedas llevarla a cabo porque puede haber otra que sí te lo impida. Y es que el B.O.E. nº 174 de 19 de Julio de 2008 especifica la osteopatía y la quiropraxia como competencias exclusivas del fisioterapeuta. Por otro lado, la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias, de 2003 también lo deja claro.
http://davidsaorin.wordpress.com/2008/12/01/actualidad-en-osteopatia/ (http://davidsaorin.wordpress.com/2008/12/01/actualidad-en-osteopatia/)
La OSTEOPATÍA ha sido confirmada y regulada como una Competencia del Fisioterapeua al incluirse dentro de los requisitos para el Título de Grado en Fisioterapia.
"En los requisitos para la verificación del nuevo Título de Grado en Fisioterapia, publicados en el B.O.E. nº 174 de 19 de Julio de 2008, se reconocen como métodos específicos de intervención en Fisioterapia la Osteopatía y la Quiropraxia, según el Ministerio de Educación y Ciencia.
Esta Ordenación junto a la realizada en el año 2003 con la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias estabelece que en España, la Osteopatía es competencia del Fisioterapeuta, y que no se apuesta por ningún otro tipo de regulación, ni como profesión sanitaria independiente ni como competencia para otros colectivos Sanitarios.
No existe formación reglada reconocida en España fuera de la Universidad u otros estamentos oficiales que habiliten a un profesional a ejercer una actividad sanitaria que se incluya en la Ley de Ordenación de Profesiones Sanitaria. Por tanto, las llamadas “escuelas no universitarias” de formación en Osteopatía no habilitan para ejercer profesión sanitaria alguna, y las supuestas titulaciones que emiten carecen de validez en el territorio nacional".
En base a todo esto mi opinion es que los no sanitarios que ejerzan la osteopatía, estan cometiendo un delito desde el punto de vista legal e intrusismo profesional desde el ético.
Por supuesto es mi opinión, razonada pero mi opinión. Se agradece opiniones en esta linea o en la contraria para ver si llegamos a alguna conclusión ya q me parece q nos afecta muy directamente.
Un saludo. Seguiré recopilando información para el que le interese.
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Añado 2 planes de estudios de dos universidades diferentes:
http://www.ujaen.es/centros/faccs/fisio/plan_fis.html (http://www.ujaen.es/centros/faccs/fisio/plan_fis.html)
Plan de estudios de la Titulación de Fisioterapia
(Curso 2011/2012)
Graduado/a en Fisioterapia
Presentación del Grado de Fisioterapia
(En el curso 2010/2011 la Titulación de Graduado/a en Fisioterapia tiene ya implantados los cursos 1º y 2º . El resto de cursos se irán implantando progresivamente en los siguientes cursos académicos)
PRIMER CURSO
SEGUNDO CURSO
Primer Cuatrimestre
ECTS
Primer Cuatrimestre
ECTS
Anatomía del Aparato Locomotor
6
Afecciones Médicas y Quirúrgicas I
6
Valoración en Fisioterapia
6
Biomecánica
6
Estadística
6
Cinesiterapia
6
Fundamentos en Fisioterapia
6
Métodos Específicos de Intervención en Fisioterapia I
6
Bioquímica Humana
6
Fisioterapia en las especialidades Clínicas I
6
Segundo Cuatrimestre
Segundo Cuatrimestre
ECTS
Anatomía Humana General
6
Afecciones Médicas y Quirúrgicas II
6
Fisiología Humana
6
Afecciones Médicas y Quirúrgicas III
6
Psicología
6
Fisioterapia en las Especialidades Clínicas II
6
Procedimientos Generales de Fisioterapia I
6
Métodos Específicos de Intervención en Fisioterapia II
6
Procedimientos Generales en Fisioterapia II
6
Métodos Específicos de Intervención en Fisioterapia III
6
ECTS Totales
60
ECTS Totales
60
TERCER CURSO
CUARTO CURSO
Primer Cuatrimestre
ECTS
Primer Cuatrimestre
ECTS
Prácticum Clínico I
9
Fisioterapia Manual Osteopática
6
Prácticum Clínico II
9
Fisioterapia de la Postura y el Equilibrio
6
Optativa
6
Fisioterapia de la Actividad
Física y el Deporte
6
Optativa
6
Fisioterapia en Geriatría
6
Fisioterapia Abdomino-Pélvico-Perineal
6
Segundo Cuatrimestre
ECTS
Segundo Cuatrimestre
ECTS
Biología del Ejercicio
6
Prácticum Clínico III
12
Anatomía Humana a Través de la Imagen
6
Prácticum Clínico IV
12
Métodos Específicos de Intervención en Fisioterapia IV
6
Trabajo fin de Grado
6
Masoterapia Especial
6
Fisioterapia Comunitaria y Gestión en Fisioterapia
6
ECTS Totales
60
ECTS Totales
60
http://www.uab.es/servlet/Satellite/estudiar/todos-los-estudios/plan-de-estudios-1099409747866.html?param1=1089612449015 (http://www.uab.es/servlet/Satellite/estudiar/todos-los-estudios/plan-de-estudios-1099409747866.html?param1=1089612449015)
ESTUDIAR EN LA UAB
Diplomatura de Fisioterapia
Plan de estudios
Titulación
Diplomatura de Fisioterapia
Tipo de título
Homologado de 1er. ciclo
Duración
3 años
Total de créditos
207
Información general
Acceso a los estudios
Plan de estudios
Habilidades requeridas
Salidas profesionales
Ciencias de la Salud
Distribución de los créditos Troncales y obligatorios Optativos Libre configuración
Primer curso 54 4.5 9
Segundo curso 66 4.5
Tercer curso 51 10.5 7.5
Totales 171 15 21
Asignaturas troncales y obligatorias
Primer curso Segundo curso Tercer curso
Cinesiterapia I y II
Enfermería
Anatomía I y II
Fisiología y bioquímica
Fisiología y biomecánica
Fisioterapia I y II
Ciencias psicosociales aplicadas
Cinesiterapia III y IV
Estancias clínicas I y II
Patología médico-quirúrgica I y II
Salud pública y metodología
Anatomía y fisiología del sistema nervioso
Fisioterapia III y IV
Cinesiterapia V y VI
Estancias clínicas III y IV
Patología médico-quirúrgica III
Salud pública y legislación sanitaria
Fisioterapia V y VI
Asignaturas optativas
Inglés I y II
Inglés técnico
Informática
Educación física
Bioestadística
Fisioterapia del deporte
Biomecánica aplicada
Geriatría
Documentación en fisioterapia
Historia de la fisioterapia
Técnicas de comunicación
Actuación en situaciones de emergencia extrahospitalaria
Podología
Técnicas complementarias
Introducción a la hipocinesiterapia
Técnicas de restitución física
Psicomotricidad
Técnicas de relajación
Calidad asistencial
Organización y gestión empresarial
Introducción a la antropología
Diagnóstico por la imagen
Pediatría
Trabajo de fin de carrera
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Se me ocurrieron un montón de preguntas de este tipo el día de la entrevista pero entre la falta de tiempo, el ser primerizo en estas lides y no tener muy claro si un ataque a los contertulios iba a ser bienvenido así de sopetón en el programa preferí optar por el silencio aún a costa de parecer poco participativo. Eso sí, fuera de antena les hice una de las preguntas, la menos incisiva que tenía en mente. La pongo por aquí porque creo puede interesar: ¿puede un osteópata emitir un diagnóstico? obviamente su contestación fue que no. Aunque las comparaciones siempre son odiosas, es como cuando queremos que el farmacéutico nos diga qué nos pasa y encima nos den el remedio, sería genial, pero no pueden/deben hacerlo. Esto incluye a los fisioterapeutas. Los diagnósticos legalmente son única y exclusivamente labor de los médicos. Igual que les dije a ellos, con esa pregunta no quiero transmitir en ningún momento la más mínima duda en cuanto a su capacidad ni profesionalidad para hacerlo (quizás en algunos casos mejor dependiendo de quien sea el médico y quien el fisio/osteópata) pero sí alertar de lo que pueden o no pueden hacer. Dicho esto que cada uno elija pero con conocimiento de causa.
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Exacto Admin. Esto siempre ha sido así para el personal no sanitario y lo "era" para los fisioterapeutas. Y digo "era" porque:
La sentencia de la Audiencia Nacional del 2 de diciembre de 2009 avala la existencia del diagnóstico de fisioterapia. Su formulación es uno de los requisitos exigibles a los estudiantes del título de Grado en Fisioterapia.
La sentencia establece que “no ha de confundirse” el “diagnóstico de las enfermedades con la valoración diagnóstica de cuidados de fisioterapia” que es “la competencia que ha de adquirirse en esta última titulación sanitaria”. La Audiencia subraya que el término “diagnóstico” no está reservado al ámbito médico y entiende que “se utilice fuera de la medicina”.
En otras dos sentencias diferentes, la Audiencia Nacional también ha desestimado la demanda de la 'Federación de Asociaciones de Profesionales de las Terapias Naturales' de Cataluña, en la que se pedía que se restaran competencias a los fisioterapeutas.
La sentencia es rotunda y establece que osteopatía y quiropraxia son “métodos específicos de intervención de la fisioterapia”. Además, afirma que “estos profesionales –de terapias naturales- ejercen una actividad para la que no se exige titulación y, por supuesto, la misma no está incluida en el sistema nacional de salud y que además carecen de control administrativo...” como enfatiza el magistrado de la Audiencia Nacional.
Diagnóstico fisioterápico: Proceso de análisis de las deficiencias y discapacidades observadas y/o estudiadas., cuyas deducciones permiten: establecer un programa de tratamiento en función de las necesidades observadas, y escoger el modelo terapéutico apropiado a realizar.
Diagnóstico médico: Acto de conocer la naturaleza de una enfermedad mediante la observación de sus síntomas y signos.
En definitiva, lo que llevo intentando explicar, de algún tiempo a esta parte, es que el fisioterapeuta tiene su campo de actuación y sus competencias y el médico las suyas. Son diferentes, no una que abarque a la otra. Lo que sería recomendable es que la gente del mundo del deporte especialmente (y todos en general) supiesen cuales son esas competencias y saber a quien han de acudir en cada caso. Un fisioterapeuta no puede ponerte una infiltración, no es su campo ni su competencia, del mismo modo que un médico no puede hacer drenaje linfático manual, por ejemplo.
Y por último quiero añadir que no intento con esto crear polémica ni hacer de menos a nadie. Todo lo contrario, creo que es muy recomendable que en los foros deportivos se pueda obtener información precisa de algo tan relacionado con el deporte como es la medicina y la fisioterapia. Y como bien dice Admin, que cada uno saque sus conclusiones y elija lo que más le conviene.
Un saludo.
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Muy buena explicación Ruben. Este es el tipo de información que me gusta, contrastada y veraz y que sirve a la gente para salir de dudas. Otra cosa son opiniones que obviamente podemos ejercer todos libremente. No sabía lo de la sentencia, eso cambia mucho las cosas para los fisios.
Para mí esto merece un Karma :good: y te aseguro que yo los vendo caros ;D.
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Gracias Admin, espero que no me visite el "señor de los capones" que pulula por el foro :)))
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Perdonarme, pero yo ahora estoy completamente perdida.
A ver si me aclaro.
Hasta ahora, creia que la osteopatia, se enseña en """academias""", que su título tal cual no vale para ejercer "oficialmente". Aún así, hay gente con el "título" de osteópata que pone un "chiringuito" y ejerce de tal, y que esta enseñanza o técnica está englobada dentro de lo que llaman "medicina holística=medicina alternativa=medicina natural.
(espero que nadie se sienta ofendido hasta el momento)
Por otra parte, están los fisios, que tienen un título oficial, por el que pueden ejercer de tales "oficialmente".
(¿hasta aquí estamos de acuerdo? (digo, no sé, duda existencial))
algunos además aprenden "otras" técnicas diferentes en centros no oficiales(porque no existen centros que puedan otorgar un título oficial de estas materias): osteopatía, quiromasaje, masaje ayurvédico, masaje metamórfico.....
Comenta Daniel, que hay sentencias (o sea que la cosa es compleja y ha habido jaleo con el tema) que dicen que sólo los fisios, pueden ejercer la osteopatia (que es una materia con estudios no oficiales)
¿decias esto, verdad?
y además pueden "diagnosticar las enfermedades con la valoración diagnóstica de cuidados de fisioterapia” .
¿es eso?
Ya ni recuerdo por qué comenzó esta cuestión, creo que por llamar "medicina natural" a la osteopatia, pero ya no estoy segura.
Nos has dicho muchas cosas, pero yo creo que me he liado todavía más. ¿Nos estás queriendo decir que no vayamos a un osteópata que no sea a la vez fisio?
¿Y si me duele una rodilla, por ejemplo? ¿tengo que ir a un médico y que él me haga las pruebas necesarias (eco, radiografias ) y me derive a un fisio? ¿o voy a un fisio y el me puede hacer las pruebas necesarias para saber qué me pasa?
(no te lo tomes a mal, que te lo pregunto con la sana intención de enterarme, por si tengo que cambiarme de compañia médica, que la mia, y lo he mirado con detenimiento, no tiene fisios, ni nada parecido, por cierto(mal, muy mal))
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Letrapi, no sé por qué últimamente enfatizas en que no me tome a mal las preguntas que haces en los hilos donde coincidimos. No sé si tienes algún problema conmigo o crees que yo lo tengo contigo. A mi, sinceramente, me incomoda porque no tengo ningún problema en contestar o ayudar a resolver todas las dudas que haga falta dentro de mis limitados conocimientos y, como he aprendido mucho por aquí y me gusta este foro, pues aporto lo que puedo. Precisamente para eso son los foros, entre otras cosas.
En cuanto al tema en cuestión te hago un resumen:
1.- Hay que distinguir entre tener un título y poder ejercer. Cualquiera se puede formar en Osteopatía (no se precisan requisitos académicos previos), pero hay leyes y sentencias que imposibilitan la práctica de la osteopatía a cualquier persona NO SANITARIA. Y más adelante otras sentencias han declarado la osteopatía competencia exclusiva del fisioterapeuta.
2.- Esta falta de "uniformalidad" legal viene dada por los cambios producidos en la legislación del sector en los últimos años. Se producen vacíos legales de los que algunos tratan de aprovecharse y siguen haciéndolo aunque posteriormente se corrija ese vacío legal (título de grado de Fisioterapia). ¿Cuántos masajistas están tratando lesiones cuando NO PUEDEN HACERLO?. Un masajista puede...dar masajes y punto, no puede tratar una lesión.
3.- En cuanto al diagnóstico, pues no puedo explicarlo mejor de lo que ya lo he hecho en el post anterior. Hay una sentencia de la Audiencia Nacional que lo deja bien claro. EL fisioterapeuta PUEDE DIAGNOSTICAR siempre que sea en el ámbito de sus competencias (como es lógico).
4.- Que vayas a un fisioterapeuta, a un médico, a un osteópata no sanitario o a un veterinario es una decisión tuya ;D, ¿qué mas da lo que yo quiera?... En este punto si he sentido algo de hostilidad.
5.- Si te duele la rodilla puedes ir a un médico de cabecera, a un especialista en traumatología, a un fisioterapeuta,... Lo importante es que nadie haga lo que no le compete y te derive a quien corresponda. Si vas al fisio y cree que puedes tener un ligamento roto, lo lógico es que te mande al médico por si tienes que operarte. Y si vas al médico y ve que es una tendinitis que no precisa cirugía ni pincharte y cree que es mejor un tratamiento conservador, lo lógico es que te derive a un fisioterapeuta para llevarlo a cabo. Luego hay lesiones que te las puede curar tanto un médico como un fisioterapeuta, pero con medios y métodos distintos. POR ESO ES IMPORTANTE SABER QUE LE COMPETE A CADA UNO, para poder decidir por uno mismo.
6.- Lo del seguro médico, pues sí...muy mal. En mi trabajo nos pagan uno, IMQ y tiene de todo, desde cardiología hasta fisioterapia y un montón de centros en casi todos los concejos de Asturias. No sécuánto les cuesta, eso sí. Lo que sí puedo decir es que no es lomismo ir mediante un seguro que de forma "privada". Los seguros pagan poco a los fisios/médicos por cada paciente y ocurre con frecuencia que, por ejemplo, los fisios, meten gente de 5 en 5 cuando solo hay dos para atender (para rentabilizar al máximo), te ponen unas corrientes, un poco de ultrasonido y...arreando.
7.- Me llamo Rubén, no Daniel.... :)))
Un saludo
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Perdona por el cambio de nombre, no era mi intención :drinks: y no, no tengo nada contra iti ¿por qué iba a tenerlo? Bastante tengo con los psicópatas-esquizo-paranoides-mafiosos, esos que me hostigan y me amenazan. :(
A mi también me encanta el espíritu de este foro. Numero 1 y sobre todo comparado con otros que conozco ( o quizá deba decir conocía, porque son una autentica y g m. )
Por fortuna a mi no me duele nada, pero es por preguntar, y saber...
miraré a ver si podemos tener ese seguro que dices.