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PRIMERO: RESTRICCIONES A LA CIRCULACIÓN.- Se establecen las restricciones de circulación que a continuación se relacionan: A) Pruebas deportivas, marchas ciclistas y otros eventos: De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 55 y en el Anexo II del Reglamento General de Circulación, no se autorizará ni se informará favorablemente prueba deportiva alguna, de carácter competitivo o no, cuando implique ocupación de la calzada o arcenes, así como cualquier otro evento que pueda afectar a la fluidez de la circulación o la seguridad vial, especialmente aquellos que impliquen un uso excepcional de la vía y precisen escolta por las Fuerzas de Vigilancia de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil, durante los días y horas que se indican en el anexo I de esta Resolución, así como aquellas que utilicen autovías, excepto en sus tramos de enlace imprescindibles, salvo las pruebas de carácter internacional que sean expresamente autorizadas o informadas favorablemente por las Jefaturas Provinciales de Tráfico o los Servicios Centrales del Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico, según proceda.
ANEXO I-RESTRICCIONES A PRUEBAS DEPORTIVAS Y OTROS EVENTOS EN CARRETERA-...COMUNIDAD de MADRIDa) En todas las carreteras de la Comunidad Autónoma: ...- Desde el viernes 7 de noviembre, a las quince horas, hasta el sábado 8 de noviembre, a las quince horas. ...b) En las carreteras A-6 y M-607(entre los puntos kilométricos 0 al 36) - Todos los días del año....