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Bueno, interesante debate y múltiples interpretaciones. Como dice Joseperez se atiende a todo el mundo, pero la SS o servicios de urgencia deberían pasar la minuta a la aseguradora de turno. No sé si lamentablemente o afortunadamente aquí primero te atienden y luego te piden la pasta, que muchas veces no se llega a cobrar,(pero si te cobran por un helicóptero en la Pedriza ¿por qué no cobrarte un SAMUR en La Castellana?) y no hemos llegado al punto de los EEUU que si no hay pasta no hay atención. Todo llegará.Las prestaciones, beneficiarios de la SS lo tenéis en su web. Y no he visto en ningún sitio que cubra accidentes deportivos (en competición o fuera de ella) aunque la OMS recomiende de 30 a 60 min de actividad física de moderada a intensa 3- 4 días por semana (más o menos y dependiendo de las edades, como un sistema de prevención de enfermedades.http://www.seg-social.es/Internet_1/Trabajadores/PrestacionesPension10935/Asistenciasanitaria/RegimenGeneral/BeneficiariosSituac30476/177501Seguro deportivo obligatorio:https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-1993-16129Es lo mínimo que deben cubrir las federaciones deportivas, aunque algunas cubren algo más.La organización de carreras populares en espacios reservados al tráfico de vehículos tiene que tener un seguro de accidentes que cubra el apartado anterior, que viene obligado por el código de la circulación:https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2014-1095Un cross que se corre por un parque no es obligatorio que tenga este seguro.Seguro que hay algún juez corredor que nos pueda ver la luz.Saludos